Historia clínica pensada para veinte años
Colombia tiene el plazo de conservación más largo de la región. Distinguir historias activas de inactivas deja de ser una tarea manual.
Colombia
Historia clínica, diseño de planes, agenda y cobros en pesos colombianos. Con la separación entre archivo activo y archivo de conservación que pide la Resolución 1995.
Empezar gratisColombia tiene el plazo de conservación más largo de la región. Distinguir historias activas de inactivas deja de ser una tarea manual.
Cálculo de requerimientos, plantillas propias y recetario reutilizable, con ingredientes accesibles y de temporada.
Pago vinculado a la consulta o al paquete, con el estado visible desde la ficha y el histórico exportable.
La carga de demostrar la autorización es tuya. Guardar qué versión firmó cada paciente y cuándo es lo que la hace defendible.
Cobra en pesos colombianos por los canales que tus pacientes ya usan, con el pago vinculado a la sesión para eliminar la conciliación manual.
Circula mucha información desactualizada sobre el Registro Nacional de Bases de Datos. El Decreto 090 de 2018 eximió a las personas naturales y a las sociedades con activos inferiores a 100.000 UVT. Eso no te exime de nada más: la autorización previa, la política de tratamiento y las medidas de seguridad siguen aplicando igual.
Ver la guía de protección de datos en Colombia¿Debo inscribirme en el RNBD?
Si ejerces como persona natural, no: el Decreto 090 de 2018 te exime. La obligación aplica a sociedades y entidades sin ánimo de lucro con activos superiores a 100.000 UVT y a entidades públicas.
¿Cuánto debo conservar la historia clínica?
La Resolución 1995 de 1999 fija un mínimo de veinte años desde la última atención: al menos cinco en el archivo de gestión y al menos quince en el archivo central.
¿Qué debe decir la autorización para datos sensibles?
Además de ser previa, expresa e informada, debe advertir explícitamente que el paciente no está obligado a autorizar el tratamiento de datos sensibles. Ese punto es el que más autorizaciones invalida.
¿En cuánto tiempo debo responder una consulta o un reclamo?
La Ley 1581 fija 10 días hábiles para consultas y 15 para reclamos, con prórrogas informando el motivo. Tener un canal declarado es lo que permite cumplirlos.
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